Mientras en Argentina se sigue discutiendo, tanto en el Congreso como en la sociedad civil, acerca de la legalización del aborto, quisiera proponer otra entrada que escribí también hace dos años, al igual que las que indicaba anteayer. El tema es la oposición al aborto que ejercen las asociaciones que defienden los intereses de las personas con síndrome de Down y otras discapacidades.
Como muchos de ustedes sabrán, acá en Europa casi todas las mujeres que han quedado embarazadas realizan al inicio del segundo trimestre del embarazo una amniocentesis. Si se detecta que el feto tiene malformaciones cromosómicas, nueve de cada diez embarazadas deciden abortar. ¿Cual será, en unos pocos años más, a lo sumo en la próxima generación, el resultado de estas acciones individuales que se van agregando a nivel colectivo? Será que el sector de la población con síndrome de Down se reducirá hasta casi desaparecer.
¿Podemos hablar en este caso de eugenesia? Sí y no, depende de cómo vayamos a usar ese término. Por lo pronto, eugenesia es un término cargado con una fuerte valencia moral y emocional negativa. Al oír esa palabra uno piensa en sociedades militarizadas y totalitarias del pasado, en las que las autoridades se apropiaban a la fuerza de los recién nacidos deformes para eliminarlos no sin crueldad, de manera que la raza se fuera perfeccionando.
Creo que está por demás aclarar que me opongo plenamente a este tipo de eugensia, que quisiera caracterizar como eugenesia impuesta o forzada. Aquí no se les da la posibilidad a las parejas de criar a sus hijos con discapacidades, si así les parece, sino que las autoridades actúan brutalmente según un plan eugenésico.
Lo que está sucediendo en Europa en las últimas décadas, ¿es eugenesia? ¿Podemos hablar aquí de «eugenesia liberal»? Como decía al comienzo, en estas sociedades son las mujeres embarazadas o, en todo caso, las parejas quienes optan libremente por interrumpir el embarazo en las primeras semanas del segundo trimestre. No son las autoridades las que dictaminan esa acción, ni mucho menos hay un plan eugenésico explícito o implícito. Por último, tampoco se trata de formas de infanticidio, o sea, matar al nuevo ser ya nacido, sino de la eliminación del feto en su primera fase, cuando, según entiendo, no es (aún) persona.
Hace unas semanas, la Corte Suprema polaca, en clara oposición a lo que viene sucediendo en las restantes sociedades europeas, ratificó la condena que le cabría a toda mujer que aborte por motivos «eugenésicos», o sea, para no tener un chico con síndrome de Down. Sentenció que todos los abortos realizados en vista de los defectos genéticos es inconstitucional. Esta resolución generó un gran revuelo y la oposición férrea de muchas mujeres polacas.
Yo sigo pensando tal como lo hacía dos años atrás. Creo que si una mujer o una familia decide tener un hijo con síndrome de Down o con cualquier otra discapacidad, nuestro deber como sociedad es no solamente mostrar la mayor tolerancia, sino poner a disposición los medios necesarios para la integración plena de esos nuevos miembros «con necisidades especiales» al funcionamiento de la comunidad, en todas las esferas: educativa, laboral, social, etc. No obstante, también creo que ninguna mujer ni ninguna familia puede ser obligada a tener un hijo con síndrome de Down, si no lo desea. La posibilidad de realizar un tratamiento diagnóstico como la amniocentesis y, eventualmente, un aborto, debe estar a su disposición.