El debate sobre el aborto en Argentina (sexta entrega)

Hasta ahora he hablado del aborto “en general”, sin detenerme en una posible tipología. Pero todos sabemos que hay distintos tipos de aborto, algo que en una discusión pormenorizada conviene distinguir. Y no me detuve en clasificaciones por esto de que a veces, como dice el refrán, “los árboles no dejan ver el bosque”. De hecho, creo que los argumentos a favor del aborto (o las críticas a los argumentos en contra) recorren transversalmente todos estos tipos de interrupción del embarazo. Por ejemplo, si fuese atendible (que, reitero, desde una posición naturalista como la mía creo no lo es) la afirmación según la cual la persona humana comienza en el momento mismo de la concepción, entonces esto valdría absolutamente: no importaría si, por ejemplo, la mujer ha quedado embarazada por un descuido o por una violación.

(a) En primer lugar, agrupemos todos los casos en que la embarazada no es (o no es aún) una persona que goce de todos sus derechos civiles y capacidades. Aquí entran especialmente las niñas y las adolescentes que, por ejemplo, tras un acto de violencia (o no) han quedado encintas, además de aquellas mujeres con discapacidad mental. Es evidente que aquí los padres o, dado el caso, los mentores deberán participar en la decisión sobre qué hacer, en lo posible teniendo en especial consideración el parecer de las implicadas. Aquí el punto es que estas embarazadas no podrán luego (debido a la edad y/o a la incapacidad mental) ejercer la maternidad de un modo correcto.

(b) En segundo lugar, están todos los casos en que el embarazo es fruto de una violación, independientemente de la edad y la condición mental de la afectada. El hecho de haber sido víctima de una grave violencia sexual, sumado a circunstancias como por ejemplo que el padre puede haber sido un maleante que se dio luego a la fuga y nunca más logró ser identificado, hacen comprensible el rechazo de la mujer al embarazo.

(c) En tercer lugar, entran todos aquellos casos en los que el aborto aparece como una forma (extrema) de planificación familiar. Una mujer puede entender que no desea un hijo (o no desea otro hijo) por motivos económicos o personales. Aquí se supone que la mujer es adulta, jurídicamente capaz y que no ha sido víctima de violencia sexual (el embarazo puede haberse debido a un descuido, a una falla en los métodos anticonceptivos usados, etc.).

(d) En cuarto lugar aparecen los casos de abortos debido a ciertas anomalías y deformaciones ya identificables con certeza en las primeras semanas del feto. A diferencia de los tipos a, b y c apenas expuestos, aquí puede tratarse de una pareja que quiere tener un hijo o que quiere tener otro hijo, pero que decide abortar debido a que, con certeza o con gran posibilidad, el hijo nacería con severas malformaciones físicas y/o mentales. Tras el aborto, muchas de estas parejas podrán volver a desear un nuevo embarazo con la esperanza de que esta vez el bebé nacerá física y mentalmente sano.

     Me interesa señalar que lo que debe estar en el centro del debate es la autonomía de la mujer. Permítanme expresarlo de esta manera: así como una mujer no puede ser obligada a realizar un aborto si no lo desea, del mismo modo no puede ser impedida de hacerlo en el caso que sí quiera interrumpir su embarazo. Estar a favor de la legalización del aborto no implica automáticamente aconsejar esta alternativa en cualquiera de los tipos bosquejados más arriba. Si una mujer o una pareja prefiere continuar con el embarazo a pesar de que el feto muestra ya una malformación cardíaca difícil de curar o que hay indicios claros de trisomía, están en su derecho hacerlo.

     El hecho de haber puesto en el centro del debate ético a la autonomía de la mujer me da pie para hacer una aclaración adicional. Ya expuse por qué rechazo el uso monopólico que hacen los opositores al aborto de la expresión “estar a favor de la vida”. Yo estoy a favor de la legalización y me siento pleno defensor de la vida humana. Ahora quisiera señalar por qué considero inadecuada la expresión que se le da al bando enfrentado, la de “estar a favor de la elección”. El punto es que destacar la autonomía de la mujer no significa que esta pueda hacer “lo que se le cante” con su cuerpo. En ningún caso la autonomía de la mujer –ni la del hombre– implica que toda otra consideración moral ha quedar sin efecto. La autonomía, a mi entender, es el primer principio moral, pero no el único, de manera que hay momentos en que el ejercicio de mi autonomía ha de ser limitado.

     Por esta razón no estoy de acuerdo con un argumento expuesto muchas veces por algunas feministas, según la cual la mujer ha de poder hacer un uso irrestricto de su cuerpo. No quiero que se me malinterprete: claro que la mujer puede decidir interrumpir el embarazo por alguno de los motivos ya señalados, pero me parece una formulación incorrecta el decir que mujeres u hombres, aquí da lo mismo, podemos usar nuestro cuerpo de modo caprichoso, sin tener en cuenta las consecuencias que eso puede tener para nosotros mismos, para las otras personas y para los demás seres que no son personas.

     Supongamos un caso extremo. Estoy de viaje con una delegación de bioéticos por lugares remotos. De golpe, el vehículo en que viajamos choca y a causa del accidente el chofer (el único afectado) necesita urgentemente una transfusión de sangre. En aquellas lejanías encontramos una clínica que puede llevar a cabo esta práctica. Curiosamente, vemos que el único que tiene sangre compatible con la del chofer soy yo, pero invocando mi autonomía me niego a darle siquiera un litro de sangre. ¿Actúo correctamente? Los términos son claros: solo debo donar un litro, lo que no afectará prácticamente en nada mi salud; esa sangre podrá salvarle la vida al chofer hasta que llegue una ambulancia de la capital. ¿Puedo decir simplemente no por el hecho de que no tengo ganas de que me saquen sangre? (Tampoco estoy abogando indirectamente por la introducción de un aparato coercitivo que vele por un supuesto bien común. La comunidad no me puede obligar sin más a que done mi sangre si no quiero.)

     La conclusión es que el principio de autonomía vale prima facie, hasta que no surjan otros principios que impliquen un cierto reajuste. Por eso digo que la mujer ha de poder abortar cuando existan razones como las expuestas, no porque “de buenas a primeras” se le ocurre hacer cualquier cosa con su cuerpo. El embrión, insisto, no es una persona, pero exige un mínimo de consideración moral.

     (Como se ve, estoy a favor de la legalización del aborto pero me considero muy “pro life” y pongo reparos a una aplicación irrestricta del “pro choice”.)

Acerca de Marcos G. Breuer

I'm a philosopher based in Athens, Greece.
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