Hace solo un par de días la Corte constitucional italiana dictó una sentencia que tendrá consecuencias legales decisivas: despenalizó el suicidio médicamente asistido.
En concreto, la sentencia de la máxima instancia judicial italiana establece que el señor Marco Cappato, que había ayudado a que Dj Fabo pusiera fin a los sufrimientos que le deparaba su condición de cuadripléjico acompañándolo a una clínica suiza que ofrece el servicio de asistencia al suicidio, no es culpable de ninguna infracción (puntualmente, no ha infringido el artículo 580 del Código Penal italiano).
El caso es conocidísimo en Italia aunque no tanto en el exterior, así que conviene recordar rápidamente qué paso. Dj Fabo era el apodo de Fabiano Antoniani, un joven apasionado por la música y el deporte que quedó ciego e inmovilizado a causa de un trágico accidente en Milán, allá por 2014. La condición de tetrapléjico le deparaba a Dj Fabo no solamente constantes dolores, sino que, sobre todo, lo había sumido en una situación que él consideraba indigna: para él, esa no era una vida digna de ser vivida.
En su deseo de poner punto final a ese estado deplorable y después de haber solicitado en vano ayuda a médicos y políticos, Dj Fabo recurrió al abogado Marco Cappato, miembro de la Asociación Luca Coscioni, una prestigiosa asociación italiana dedicada a la ampliación y consolidación de los derechos fundamentales de los ciudadanos en lo que respecta a cuestiones «espinosas» tales como el aborto, la eutanasia, etc.
El señor Cappato, considerando que Dj Fabo reunía las condiciones para solicitar asistencia al suicidio, acompañó al requirente en todas las etapas, incluso hasta su arribo y permanencia en una clínica de Zúrich.
De hecho, Dj Fabo satisfacía todos los requisitos que en muchos países se establecen para asistir a alguien en el suicidio: era un paciente capaz que había expresado reiteradamente su voluntad de morir a causa del estado deplorable e irreversible en el que se encontraba. Sin embargo, cuando Cappato regresó a Italia se enfrentó a una demanda judicial que le hubiese podido costar hasta doce años en la cárcel.
Pero Cappato contaba no solamente con una larga trayectoria en la lucha por los derechos de los pacientes, sino con el apoyo de gran parte de la población italiana: él no había manipulado ni instigado al suicidio a nadie, había solo asistido a un paciente incurable al cual la vida se le había vuelto una carga insoportable.
Finalmente, así lo entendió también la justicia italiana, que dejó libre de culpa y cargo a Cappato y que sienta las bases para la despenalización del suicidio asistido, siempre y cuando se reúnan las condiciones que deben satisfacerse en estos casos: la solicitud firme y reiterada de un paciente capaz que se encuentra en un estado irreversible e insoportable, y la asistencia de un médico.
Aún queda un largo trecho por recorrer en la península itálica, porque a la despenalización debe seguir la legalización; ahora son los legisladores quienes tienen el compromiso de sancionar una ley que establezca claramente el procedimiento y defina nítidamente los mecanismos de asistencia y de control para esta práctica médica.
Recordemos que Alemania también despenalizó en 2017 el suicidio médicamente asistido pero, al no contar aún hoy con una ley que canalice y regule el accionar, en los hechos esta opción sigue siendo prácticamente inviable.
No es la primera vez que en Italia le corresponde a la justicia dar el paso decisivo. Cuando yo vivía en Roma, el «caso Welby» tuvo una resonancia similar. Piergiorgio Welby era un apasionado militante del Partito Radicale y gran defensor de los derechos individuales. El desarrollo de una distrofia muscular progresiva lo confinó a la cama. Cada vez eran menos las cosas que podía hacer. Cuando en 2006 la enfermedad le impidió incluso tragar y respirar y se lo sometió a la alimentación artificial y a la ventilación mecánica, solicitó simplemente que se le retiraran todos los sostenes vitales y que lo dejaran morir. Hoy nos parece que este es un derecho básico de todo paciente, el derecho a rehusar tratamientos que no lo llevan a nada, es más, que le prolongan su estado miserable. Sin embargo, ni en Italia ni en Argentina las cosas eran tan claras hace unos quince años atrás (no nos olvidemos que la ley de muerte digna en Argentina es de 2012).
Fue un valeroso anestesista, el doctor Mario Riccio, el que cumplió el deseo último de Welby y lo sedó tras el retiro de los sostenes vitales. Inmediatamente después, el paciente falleció, pero a Riccio le esperaba una larga batalla judicial. Y fue la Justicia, una vez más, la que tuvo que aclarar los tantos, dictando una sentencia que, de allí en más, dejaría despejada la vía para el rechazo de los sostenes vitales a todo paciente consciente e informado que así lo desea.
La reflexión que podemos hacer es que, al menos en las cuestiones que atañen la esfera de la bioética, la Justicia desempeña un papel preponderante. Y esto vale no solo enItalia. Los legisladores son muchas veces reticentes a embarcarse en estos debates, que pueden acarrear un gran costo político a la vez que tienen un bajo impacto electoral.