Senilidad y principio ético de «acompañar sin interferir»

He sostenido varias veces en este blog que estoy en contra de la así llamada ‘eutanasia involuntaria’ o, como prefiero llamarla, eutanasia forzada, esto es, de la práctica eutanásica realizada contra la voluntad del paciente o, simplemente, sin su consentimiento.

Un caso que se presenta a menudo en la discusión es el de aquellos pacientes entrados en años, sumamente debilitados por diversas enfermedades crónicas y aquejados, finalmente, por un grado avanzado de senilidad. ¿Sería éticamente correcto practicarle la eutanasia a, supongamos, un enfermo de más de ochenta años que, por el alzhéimer que sufre, ya confunde a sus hijos con sus padres?

A partir de mi posición inicial, la respuesta que doy es clara: no, no podemos practicar la eutanasia en ese caso (o en casos similares), porque el paciente ya no puede razonar y no es jurídicamente capaz. Distinto sería el caso si el paciente del ejemplo hubiese dejado un testamento biológico, redactado cuando aún estaba lúcido, en el cual se manifestara el deseo de que se le practicara la eutanasia en caso de desarrollar un estado demencial severo. Ninguna legislación permite aún esto, pero creo que es un caso éticamente defendible.

Pero, quede claro, si el paciente no manifestó nunca antes el deseo de que se le practicase la eutanasia, llegado el caso de, para seguir siempre con nuestro ejemplo, terminar en un agudo estado senil, entonces no es éticamente lícito terminar médicamente su vida.

Entonces, ¿qué hacer en tales casos? El principio que ha de guiarnos aquí puede expresarse del siguiente modo: no podemos quitarle la vida a quien no expresó el deseo correspondiente cuando aún se encontraba consciente, pero tampoco estamos obligados a prolongarle la existencia a quien tampoco se manifestó al respecto. Si un paciente, como es el caso de la vasta mayoría de los pacientes en todo el mundo, nunca redactó un testamento biológico y ni siquiera rellenó un formulario estableciendo directivas anticipadas de tratamiento, entonces nadie tiene la obligación de mantenerlo artificialmente en vida, retrasando la llegada de la muerte natural y, así, prolongando una existencia que muchos consideran insatisfactoria. Tenemos, sí, el deber ético de acompañar a esos pacientes, de procurar que terminen sus días con el mayor bienestar posible, pero sin intervenir en el proceso, ni acelerando la llegada de la muerte, ni retrasánsola. Para decirlo de un modo aún más concreto: ni el médico, ni la familia de un enfermo con un estado avanzado de senilidad tienen la obligación de operarlo o de someterlo a un complejo tratamiento farmacológico, en caso que se le presente una nueva complicación física. Como allegados, como profesionales, como sociedad en su conjunto estamos obligados a acompañar al paciente para que termine su última fase (que podrá extenderse por semanas, meses o años) con bienestar, dignidad y sin dolores, pero, repito, así como no estamos facultados a decidir por él o ella y practicarles la eutanasia, tampoco estamos obligados a «hacer lo imposible» por mantenerlos en vida.

En síntesis, en caso de enfermos con demencia senil el principio ético en relación al cuidado  médico es: acompañar del mejor modo posible sin interferir (ni acelerar activamente ni retrasar, también activamente, la llegada del fin).

Acerca de Marcos G. Breuer

I'm a philosopher based in Athens, Greece.
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