Un año atrás, la Corte Suprema de los Estados Unidos derogaba la histórica sentencia Roe contra Wade de 1973. La nueva sentencia, conocida como Dobbs contra Jackson, establece que no puede hablarse de un derecho constitucional al aborto. El derecho a la privacidad (privacy), que sí se desprende de la Carta Magna, no incluye, en el parecer de los jueces actuales, el derecho al aborto.
Sin embargo, la nueva sentencia es clara al respecto: ni el texto original de la Constitución ni las posteriores enmiendas prohíben la interrupción voluntaria del embarazo (como, repito, tampoco lo permiten). En otras palabras, en ningún lugar se declara que el feto sea persona. Por tanto, decidir si se puede abortar, con qué modalidad y hasta qué semana o mes de la gestación será lo que siempre fue: asunto de los Estados miembros, no del nivel federal, concluye la sentencia.
Para mí, lo que pone al descubierto esta sentencia es la incapacidad del poder legislativo estadounidense para abordar un tema, seguramente complejo y polémico pero impostergable, y aprobar una ley federal.
Leo en algunos análisis que eso no sería algo utópico. Los demócratas están, como es sabido, a favor del aborto, pero actualmente existe un amplio sector de republicanos dispuestos a legalizar tan práctica, al menos si ocurre en el primer trimestre de la gestación.
Por lo que veo, la sentencia del año pasado tuvo un efecto polarizador. Un número de Estados se volvieron decididamente prohibicionistas, mientras que otros levantaron el estandarte del derecho reproductivo, eliminando, por ejemplo, las restricciones temporales. Así, mientras que en Texas una embarazada prácticamente no puede abortar (el límite fijado es el de la sexta semana), en Nueva York puede hacerlo hasta poco antes de la fecha probable del parto.
Esa polarización llevó incluso a una suerte de “guerra” entre los Estados. Algunos Estados prohibicionistas amenazan con perseguir a las embarazadas que vayan a abortar a otros Estados vecinos (o a los médicos que lleven a cabo esa práctica cuando estén en el territorio prohibicionista), a la vez que otros, como California, Oregón y Washington, crearon una organización para facilitarles a las embarazadas el aborto fuera de su terruño.
¿Cuántos abortos evitó la nueva sentencia? Este es un número poco claro, si bien los primeros datos parecen indicar que son bastante menos de lo que se esperaba. Probablemente, la sentencia afectó casi exclusivamente a los sectores económica y socialmente más vulnerables. ¿Por qué? Porque está claro que la persona que quiere abortar, si posee los recursos, lo hará (en otro Estado), con o sin la ayuda ofrecida por las organizaciones pro choice.
Además, la mifepristona puede solicitarse y recibirse por correo en todo el territorio nacional. De modo que si una texana, que se encuentra en el segundo mes de embarazo, decide no continuar con la gestación, puede optar por el aborto farmacológico.